El pasado 9 de julio de 2026, el TJUE dictó la Sentencia ROGON (C-428/23), una sentencia clave que marca un antes y un después en la regulación de los agentes de jugadores.

El caso, originado por una consulta del Tribunal Supremo Federal de Alemania en relación con la normativa de la Federación Alemana de Fútbol (DFB) y su compatibilidad con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), tiene un impacto directo en el Reglamento FIFA sobre Agentes de Fútbol (RFAF) y en todo el ecosistema del fútbol profesional.

¿Qué ha decidido realmente el TJUE?

El Tribunal ha establecido que las normas dictadas por federaciones deportivas que regulan la actividad de terceros (como los agentes) entran dentro del ámbito del Derecho de la competencia (artículo 101 TFUE).

No obstante, ha aclarado que estas restricciones pueden ser legales si cumplen un “test de proporcionalidad”. Según la Sentencia:

«La excepción establecida por el Tribunal de Justicia para las restricciones que persigan un objetivo legítimo de interés público puede aplicarse, en determinadas condiciones, a las normas adoptadas por una federación deportiva que, al dirigirse a sus miembros, regulen el uso de los servicios de terceras empresas»

En resumen, el TJUE no anula el reglamento de la DFB, pero obliga a que cada una de sus restricciones (i) esté debidamente justificada por un objetivo legítimo (integridad de las competiciones, protección de menores, transparencia, etc.), (ii) sea adecuada, necesaria y proporcionada en sentido estricto, y (iii) sea la medida menos lesiva posible para la competencia.


¿Sigue siendo válido el Reglamento FIFA de Agentes?

La sentencia no analiza ni declara válido o inválido el RFAF, se refiere solo al reglamento de la DFB, aunque reconoce que la DFB está sujeta a la normativa FIFA.

Ahora bien, su validez es ahora “condicional”, y serán los tribunales nacionales quienes evalúen si las normas específicas cumplen con los requisitos de necesidad y proporcionalidad. En el caso en cuestión, el TJUE devuelve la pelota al Tribunal alemán al afirmar:  

«Corresponde al Tribunal Supremo Federal de lo Civil y Penal determinar si la normativa de la DFB impugnada cumple todos los requisitos de aplicación de la excepción en cuestión»

En consecuencia, el Reglamento FIFA sigue vigente, pero su compatibilidad con el artículo 101 TFUE deberá analizarse caso por caso por los tribunales nacionales, aplicando el mismo test de objetivo legítimo, necesidad y proporcionalidad.

¿Qué ocurre con las limitaciones a las comisiones?

Las limitaciones a las comisiones (el famoso cap) no quedan validadas ni anuladas por esta sentencia, pero su blindaje jurídico se ha debilitado significativamente. Para que estas limitaciones sobrevivan, la federación deberá probar que no existe otro medio menos restrictivo para alcanzar el interés general.

Si la federación no logra acreditar con datos y estudios que el límite a las comisiones es estrictamente necesario para proteger el ecosistema del fútbol, dicha restricción podrá ser considerada una práctica colusoria prohibida.


¿Cómo deberían actuar clubes y agentes tras esta sentencia?

  • Agentes: Tienen ahora una base jurídica sólida para impugnar ante los tribunales nacionales aquellas normas que consideren abusivas, especialmente las limitaciones económicas, ya que la carga de la prueba sobre la proporcionalidad recae ahora en la federación.
  • Clubes: Deben seguir cumpliendo los reglamentos vigentes (FIFA y Asociaciones nacionales) y actuar con cautela en sus contratos de intermediación. Es recomendable incluir cláusulas de salvaguarda que prevean ajustes en caso de que los tribunales nacionales declaren la nulidad de ciertos artículos del Reglamento de Agentes en los próximos meses.
  • Federaciones: Deben motivar de forma exhaustiva sus reglamentos, aportando pruebas de que sus normas no buscan restringir el mercado, sino proteger la viabilidad del sector.


¿Qué podemos esperar a futuro?

Podemos anticipar dos consecuencias claras:

  1. Aumento de la litigiosidad: Es previsible que se produzca una nueva oleada de demandas a nivel nacional donde agentes y agencias cuestionarán la proporcionalidad de las restricciones, en especial la limitación de las comisiones.
  • Revisión del Reglamento: Es muy probable que FIFA y las federaciones nacionales se vean obligadas a ajustar el Reglamento para para reforzar su justificación, necesidad y proporcionalidad y evitar condenas sistemáticas.


En resumen: la sentencia del TJUE no cierra el debate sobre agentes y las comisiones, pero fija claramente el terreno de juego jurídico en el que se va a decidir qué reglas sobreviven y cuáles no.


Toni Roca
Socio Fundador

Abrir chat
1
Escanea el código
Hola, Bienvenido a Himnus.com 👋
¿En qué podemos ayudarte?