Toni Roca, ponente en el Evento de Derecho Deportivo de la Secretaría del Deporte de Ecuador

En el día de ayer nuestro Socio Toni participó como ponente en el Evento de Derecho Deportivo organizado por la Secretaría del Deporte de Ecuador, moderado por Cristián Mir y junto a compañeros de la talla de Juan de Dios Crespo, Ricardo de Buen y Juan Manuel López.

El Evento se centró en los aspectos clave a tener en cuenta a la hora de negociar los contratos de trabajo de los futbolistas, en el arbitraje deportivo y en asuntos disciplinarios en el deporte.

¡Muchas gracias a la Secretaría del Deporte de Ecuador por contar con nosotros!

17 de septiembre de 2020

Onda Cero también entrevista a Toni Roca sobre el caso Messi

Onda Cero también entrevista a Toni Roca sobre el caso Messi

El Transitor de Onda Cero ha querido aclarar a sus oyentes la situación del FC Barcelona y Messi de la mano de nuestro Socio Toni, que ha analizado las distintas opciones con las que cuentan tanto el club catalán como el astro argentino.

Puedes escuchar la entrevista en el siguiente enlace.

31 de agosto de 2020.

Toni Roca en La Sexta Noticias

El pasado jueves La Sexta Noticias entrevistó a Toni para analizar el caso Messi y las posibles vías que tienen tanto el FC Barcelona como el astro argentino.

Puedes escuchar la entrevista a partir del minuto 35:50 aquí.

30 de agosto de 2020.

¿Condenados a entenderse?

En un mundo paralelo, en el que las decisiones no se toman de forma unilateral, en caliente y con la ley en la mano, sino hablando con el otro con respeto y desde el corazón, esto es lo que podría haber pasado en el caso Messi:

Messi habría ido a las oficinas del club a hablar con el Presidente Bartomeu en persona, y ésta habría sido la conversación:

Messi (M): “Presi, he estado pensando mucho estos días sobre cómo hemos terminado la temporada, y creo sinceramente que lo mejor para todas las partes es que me marche. Créeme que no es una decisión tomada en caliente por la derrota del otro día con el Bayern, sino que hace ya mucho tiempo que vengo dándole vueltas.

Ya sabes que en los últimos tiempos no me encontraba cómodo con determinadas circunstancias que rodean al Club, y lo del otro día fue la puntilla. Honestamente, creo que mi etapa en el Barça ha terminado, y no me veo con fuerzas de sacar este equipo adelante.

Coincido con lo que dijo Piqué en el campo nada más acabar el partido: ahora mismo soy más un estorbo que una solución. Es evidente que en los últimos años yo tampoco he estado a la altura que se espera de mí, no he sido capaz de revertir la situación y que el Barça brille en Europa, que es donde se merece estar este Club, y lo mejor es que dé un paso al lado para que el Club pueda seguir creciendo sin mi”

Bartomeu (B): “Pero como te vas a ir Leo!! Tú eres el gran capitán de este equipo, tú nunca eres un problema, sino una solución!

Entiendo cómo te sientes, porque yo también estoy muy decepcionado con la situación actual, pero créeme que estamos trabajando en crear un nuevo equipo para que esto no vuelva a ocurrir. Nosotros queremos que acabes tu carrera profesional con nosotros, Leo. Ésta es tu casa, no vas a estar mejor en ningún otro sitio que aquí”.

M: “Presi, ya sabes que mi deseo siempre ha sido el de retirarme aquí, pero la vida cambia, créeme que para mí no es una decisión fácil. Y de verdad, no es una cuestión ni de directiva, ni de que armemos un nuevo equipo o que traigamos a un nuevo entrenador. Es que yo ya no me veo con fuerzas de seguir en el equipo, y necesito cambiar de aires.

Yo amo a este Club por encima de todas las cosas, le debo todo lo que soy, y aunque sea difícil de entender, quedándome le haría más mal que bien, y lo último que quiero es perjudicar al Club. Es la decisión que nunca hubiera querido tomar, y estoy tremendamente triste por ello, pero si soy honesto conmigo mismo y, sobre todo, con el Club, es la que debo tomar”.

B: “Joder Messi, no te puedes ir, y menos ahora con la derrota del Bayern y la gente cabreadísima, si dejo que te marches la afición me va a matar. Además, como sabes tu contrato decía que si querías marcharte tenías que decírnoslo antes del 10 de junio y estamos a veintipico de agosto. ¿Cómo le vendo yo esto a la directiva o al soci?”

M: “Presi, no quiero entrar a discutir si la cláusula dice esto o lo otro, y mucho menos acabar en una guerra absurda de abogados que a nada nos va a llevar, más que a problemas y disgustos.

Esto va de personas, de nosotros, y yo apelo a tu palabra. Me diste tu palabra de que yo podría irme cuando quisiera, como hiciste con Xavi o Iniesta, y eso es lo que te pido, ni más ni menos.

Para mí no es importante si te lo tenía que haber dicho hace dos meses o te lo digo ahora, eso no cambia nada. Lo que importa es lo que los dos acordamos, y yo lo que te pido es que me ayudes a salir como me prometiste, porque es mi decisión, y además es una decisión irrevocable.

No quiero abrir una guerra, de verdad, quiero que terminemos bien. Me quedan pocos años de carrera, y quiero poder terminarla en un sitio en el que yo y mi familia seamos felices, creo que me he ganado ese derecho.

Uno nunca sabe las vueltas que da la vida, pero una cosa sí tengo clara, y es que volveré a Barcelona, porque mi vida está aquí, y quiero estar vinculado siempre a este Club. Pero ahora ha llegado el momento de separar momentáneamente nuestro camino. No es un adiós, es un hasta luego”.

B: “Entiendo tu postura Leo, pero entiende tú la mía. No puedo dejarte salir, a 20 días de que empiece la competición, con todo el jaleo que tenemos encima. Nos haces un roto enorme, deportiva y económicamente, y todo en el peor momento posible”

M: “Entiendo perfectamente tu situación, Presi, y lo difícil que es esto para ti y para el Club. Pero si tú me ayudas yo te ayudaré, es lo menos que puedo hacer por ti.

No vamos a esconder que hemos tenido nuestras diferencias por cómo se han hecho las cosas en el pasado, pero sé que eres un hombre de palabra y una buena persona, y yo no voy a hacer nada para perjudicarte a ti tampoco.

Vamos a hacer una cosa: si te parece bien convocamos para esta tarde una rueda de prensa los dos juntos en la que yo explicaré públicamente los motivos de mi decisión, y agradeceré públicamente todo lo que habéis hecho por mí, especialmente tú al dejarme salir y cumplir con mi deseo”.

Esa misma tarde habría tenido lugar la rueda de prensa. Messi habría explicado a toda la afición que se marchaba por motivos estrictamente personales y pensando en el bien del club. Bartomeu, por su parte, comunicaría el nuevo acuerdo para que Messi fuera embajador del Barça de por vida, y anunciaría un homenaje en toda regla en el Camp Nou cuando se permita que haya público en las gradas. Y todos felices y comiendo perdices.

Esto es sólo un escenario hipotético, podrían haberse dado otros muchos, como que Bartomeu hubiera accedido a dejarle salir, pero con la condición de que trajese una oferta de otro club, como hizo el Real Madrid con Cristiano, para al menos ingresar un dinero que le ayudase a cuadrar las cuentas.

Con este ejercicio de ficción pretendo hacer ver cómo Messi podría haber obtenido lo que deseaba de haber seguido otra estrategia distinta, y así haberse ahorrado las situaciones desagradables que estamos viviendo estos días. Y también como lección para los que tenemos el deber de asesorar a nuestros clientes.

Los abogados pecamos muchas veces de, a la mínima discrepancia, ir deprisa y corriendo al contrato, a ver qué dice, a buscar ese clavo ardiendo al que acogernos, y ya estamos preparando el juicio y la propuesta de honorarios antes de que ni tan siquiera hayan empezado las hostilidades.

Y muchas veces la solución no está en las cláusulas del contrato, sino en las personas. Porque antes que abogados y clientes somos personas, y tan importante es tener inteligencia jurídica como inteligencia emocional, y aquí ambas han brillado por su ausencia.

A mi juicio Messi se ha equivocado en su estrategia al enviar el burofax, por tres razones:

  1. Primero, porque un burofax no es una manera de acabar una relación de 20 años donde ambas partes se lo han dado todo. Y la primera reacción que vas a provocar en quien lo recibe va a ser necesariamente negativa: incredulidad, enfado, decepción, etc., y de ahí nada bueno puede salir;
  2. Segundo, porque si bien hay argumentos para defender la resolución del contrato (como ya explicamos aquí), los mismos son ciertamente discutibles;
  3. Y tercero, porque con ese burofax Messi arrinconó al Club, y más concretamente a su Presidente (que no quiere pasar por ser el presidente bajo cuyo mandato se fue el mejor jugador de su historia), y cuando tú acorralas a un león herido, como es el Barça en estos momentos, sólo tiene una salida: morir matando.

Y aquí hay otra lección que podemos extraer de toda esta historia: en toda negociación siempre, siempre, siempre tienes que dejarle una salida a la otra parte, hacerle ver que él también va a salir ganando, que va a haber un win-win para los dos.

Y con su burofax Messi no le dejó alternativa posible al Club, sino que fue un “trágala” en toda regla. Un órdago que, con toda razón y dejando de lado la interpretación a dar a la famosa cláusula, el Barça no podía aceptar, pues cualquier institución está por encima de las personas, por muy Messi que seas.

Por eso, la respuesta intransigente que ahora mantiene el Barça, en el sentido de que o paga la cláusula o no sale, entra dentro de la lógica, pero mi impresión es que está tomada desde el mismo calentón irracional con el que Messi envió el burofax (como defensa al ataque sufrido y el dolor/despecho por las formas empleadas por el jugador), más que desde la reflexión serena.

Messi se equivocó enviando ese burofax, sí, pero el Barça no debería cometer ahora el mismo error. Todos fallamos, todos somos humanos. Lo importante y lo inteligente es reconocer que te has equivocado, pedir disculpas, intentar enmendar el error y, si no lo puedes solucionar, asumir la responsabilidad de tus actos y aprender de él.

Pero insistir en el error (por ejemplo, negándote ahora a ir a los entrenos o no abriéndote a negociar una transferencia por debajo de la cláusula) demuestra ignorancia y soberbia, y sólo te puede llevar a un camino: el fracaso.

Messi está a tiempo de revertir la situación, debe salir públicamente a dar explicaciones y a pedir disculpas no sólo al Barça sino, sobre todo, a su afición, a quienes les debe absolutamente todo lo que es. Messi no habría llegado nunca donde está si no fuera por el Barça, no es de recibo que se comporte así y debe estarle eternamente agradecido.

Y el Barça debe abrir la puerta a una negociación, porque también le debe a Messi gran parte de lo que es como institución. La mejor época deportiva del club, los títulos, los patrocinadores, los ingresos y la exposición mundial de la que goza el club es en gran medida gracias a él, y el Barça debería estar a la altura de su grandeza y, por encima de todo, honrar la palabra dada al jugador, como se espera de quien presume ser “Més que un club”.

Para mí esto ya ha dejado de ser una cuestión de leyes y contratos, porque que nadie se engañe, ahí no está la solución. Que todos dejen el orgullo a un lado, se pidan perdón sincero y arreglen esta situación mirándose a los ojos. Ni el Barça, ni Messi ni los aficionados culés se merecen que la más bonita historia de amor futbolístico acabe de esta manera por una decisión mal tomada. En sus manos está.

Toni Roca, Socio y CEO

29 de agosto de 2020

La cláusula de rescisión en el fútbol actual: ¿una desvirtuación del RD 1006/1985?

La cláusula de rescisión en el fútbol actual: ¿una desvirtuación del RD 1006/1985?

Como era de esperar, el burofax enviado por Lionel Messi al FC Barcelona hace unos días ha generado un revuelo mediático a nivel mundial sin precedentes: no todos los días uno de los mejores jugadores de la historia de este deporte –probablemente el mejor– decide poner punto final a una relación que ha durado veinte años y que, aunque se veía venir, nadie hubiera imaginado que iba acabar así (si es que finalmente acaba, que todo está por ver).

Dejando de lado si la famosa cláusula contractual acordada entre Messi y el Barça ha sido ejercitada en plazo o no –desconozco los términos de dicha cláusula–, a mi juicio hay un elemento clave en toda esta controversia que no está recibiendo la atención que se merece: la cláusula de rescisión del astro argentino, fijada en la friolera de 700 millones de euros y que, en función de cómo se desarrolle el asunto, podría llegar a impedir la salida del rosarino.

Si bien es cierto que los litigios iniciados como consecuencia de los importes fijados como cláusula de rescisión no son habituales –incluso en los últimos años, en que hemos podido presenciar cómo hay clubes dispuestos a abonar sumas muy elevadas por hacerse con los servicios de determinados jugadores (véase el ejemplo de Neymar en su movimiento del Barça al PSG francés, que dejó en las arcas del club catalán 222 millones de euros)–, no podemos olvidar que en España la mayoría de jugadores profesionales cuentan con cláusulas de rescisión en sus contratos que, aunque están muy lejos de las acordadas con Messi, Benzema (1.000 millones de euros) o Gerard Piqué (500 millones), por poner sólo dos  ejemplos, no por ello cumplen con su propósito.

  1. La cláusula de rescisión en España

Como es conocido por todos, la cláusula de rescisión tiene su razón de ser en el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral de los deportistas profesionales (“RD 1006”) que, en su artículo 13.i, determina como una de las causas de extinción de la relación laboral la “voluntad del deportista profesional”.

Por su parte,  el artículo 16.1 establece cuáles son las consecuencias de la extinción ante tempus del contrato por parte del deportista: el deber de abonar al club la indemnización acordada (la cláusula de rescisión) o, en defecto de pacto, la que se determine en sede judicial.

Como expone José Carlos Páez Romero, “Es importante subrayar que en estos casos no estamos ante un supuesto en el que se condiciona la resolución del contrato al pago de la cuantía fijada en la cláusula de rescisión, sino que aquélla opera de forma inmediata, recuperando en ese momento el trabajador-deportista su «libertad». En tal sentido, no se impide al trabajador-deportista la posibilidad de contratar sus servicios con otra empresa-club, pero siempre con el condicionante que, en su caso, le sea reclamado por la empresa-club parte del contrato resuelto el importe de los daños y perjuicios fijados en el contrato como «contraprestación» por la decisión libremente tomada[1].

En otras palabras, el futbolista profesional tiene el mismo derecho “a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo[2], así como “a la promoción y formación profesional[3] que cualquier otro ciudadano.

No obstante, y dadas las especiales circunstancias que rodean la relación laboral de los deportistas profesionales, el RD 1006 configura que ese derecho que tiene el jugador de extinguir su relación contractual antes de tiempo debe llevar aparejada la obligación de abonar una indemnización a su último club.

En ningún momento decimos que la norma aquí analizada sea contraria al derecho fundamental consagrado en la Constitución, sino que desde hace tiempo los clubes la están empleando con el único fin de proteger sus propios intereses, fijando cantidades totalmente abusivas que, en algunos casos, impiden que el jugador pueda salir del club por su propia voluntad, resultando así en la práctica en una suerte de derecho de retención encubierto que precisamente fue lo que el RD 1006 trató de extinguir.

Entonces, ¿por qué se fijan cláusulas de rescisión?

2. Las negociaciones

En aras a la seguridad jurídica, la gran mayoría de contratos de futbolistas profesionales en España fijan el importe de la cláusula de rescisión.

En primer lugar, porque de este modo las partes acuerdan de antemano la cantidad a abonar por el jugador –o su nuevo club– en el caso de que aquél decida abandonar la disciplina del club y, en segundo , y más allá de la evidente demora que supondría acudir a los Tribunales, porque así también evitan la incertidumbre y el riesgo que supondría dejar la fijación de la indemnización al arbitrio de un juez de lo social que no tiene por qué estar familiarizado con el sector a la hora de aplicar los criterios del artículo 16.1[4].

El principal problema, a mi juicio, es que esta cláusula tiene, como mínimo, la misma importancia que las condiciones salariales del jugador. Lo que se traduce en que, por norma general, el club empujará para un lado y el jugador lo hará en el sentido opuesto, por lo que al final del día es la capacidad negociadora de cada parte la que acaba delimitando el importe.

Desde el punto de vista del club, lo habitual es que trate de fijar un importe lo más alto posible para protegerse frente a posibles futuros interesados en la contratación del jugador, amparándose en el principio contractual básico de pacta sunt servanda. De esta forma, y si como es previsible ningún club puede llegar al precio fijado, el club fuerza al tercero a una negociación en la que quien lleva las riendas es el propio club del jugador.

Por otro lado, si lo vemos desde el punto de vista del jugador, lo que claramente le interesa es fijar una indemnización lo más baja posible para poder atraer a más clubes y no limitarse a unos pocos que se puedan hacer cargo de las cantidades que se están pagando hoy en día.

Ahora bien, la práctica demuestra que, salvo las grandes estrellas de talla mundial, quien habitualmente lleva las riendas en las negociaciones del contrato laboral es el club, y no el jugador.

Esto implica que, en la mayoría de casos, el jugador tiene poco que decir, que es el club el que fija la cantidad de la cláusula de rescisión que el jugador debe aceptar si desea firmar el contrato.

3. ¿Derecho a extinguir o derecho de retención?

Si finalmente las negociaciones con el nuevo club llegan a buen puerto, se acaba la problemática.

Pero ¿qué ocurre si no hay acuerdo y el jugador no puede hacer frente a la indemnización pactada con el club? Como es sabido, tanto a nivel nacional como internacional[5] se contempla la obligatoriedad para el nuevo club de hacerse cargo de dicha indemnización, ya sea de forma subsidiaria o solidaria.

¿Y si el nuevo club tampoco puede hacerse cargo del pago de la cláusula de rescisión? En estos casos el importe desorbitado fijado en el contrato está impidiendo al jugador su contratación por un nuevo club, quedando atado en su actual club pese a su voluntad de salir.

En este sentido, el nuevo club raramente estará dispuesto a firmar al jugador si ello conlleva tener que hacer frente a la más que segura reclamación de su anterior club por la totalidad de la cláusula de rescisión, desvirtuándose así la finalidad del RD 1006 desde el mismo momento en que el jugador se ve impedido de extinguir su relación laboral por su propia voluntad.

Como decimos, no todas las cláusulas de rescisión son como las de las grandes estrellas, pero ello no quita que igualmente los clubes fijen cantidades absolutamente desproporcionadas con muchos jugadores –piénsese, por ejemplo, en las jóvenes promesas– que no responden a criterio alguno más allá del evidente interés del club en retener al jugador, por lo que al final la extinción del contrato por voluntad del jugador queda en grave entredicho.

A modo de conclusión, a mi juicio lo aconsejable sería que los clubes acordaran cláusulas de rescisión con sus jugadores siempre y en todo caso, aunque atendiendo a cada caso concreto y, en particular, a sus años de contrato restante, su salario o su rendimiento e imagen en el mercado. De lo contrario, la cantidad acordada podría ser considerada abusiva, llevando a su nulidad en sede judicial y, consecuentemente, a la fijación de la indemnización por parte del juez, siendo lo que precisamente el club trataba de evitar.

En cualquier caso, centrándonos en el caso Messi y aunque lo aconsejable y más probable es que las partes lleguen a un acuerdo, quién sabe si este sería el punto de inflexión que marcaría un antes y un después en la fijación de las cláusulas de rescisión si el asunto llegara a los Tribunales, cosa que, como decimos, dudamos llegue a producirse.

Xavi Fernández, Abogado

29 de agosto de 2020


[1]Las cláusulas de rescisión en el ordenamiento jurídico español”, Revista Aranzadi de Derecho de Deporte y Entretenimiento (2015), Núm. 49, ISSN 2171-5556.

[2] Artículo 35.1 de la Constitución Española.

[3] Artículo 4.2b) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

[4] Artículo 16.1 RD 1006: “(…) indemnización que en ausencia de pacto al respecto fijará la Jurisdicción Laboral en función de las circunstancias de orden deportivo, perjuicio que se haya causado a la entidad, motivos de ruptura y demás elementos que el juzgador considere estimable”.

[5] Artículo 17.2 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores: “(…) Si un jugador profesional debe pagar una indemnización, él mismo y su nuevo club tienen la obligación conjunta de efectuar el pago. El monto puede estipularse en el contrato o acordarse entre las partes”.

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