La CDR de FIFA falla a favor de Atlético Sanluqueño en su contencioso contra el Celta de Vigo

La CDR de FIFA falla a favor de Atlético Sanluqueño en su contencioso contra el Celta de Vigo

El pasado 9 de febrero la Cámara de Resolución de Disputas de FIFA emitió decisión en el marco de la reclamación del mecanismo de solidaridad interpuesta por nuestro cliente Atlético Sanluqueño CF contra el Real Club Celta de Vigo por el jugador Manuel Agudo Durán, más conocido como «Nolito».

Dicha decisión, que pone fin a más de un año de intenso trabajo, estima las alegaciones presentadas por nuestro compañero especialista en derecho deportivo Toni Roca y condena al club vigués a abonar a Atlético Sanluqueño la contribución de solidaridad derivada de la adquisición por el Celta al fondo de inversión «Benfica Star Funds» del 35% de los derechos económicos del jugador en julio de 2015, así como al pago de las costas ocasionadas en el procedimiento.

Esta decisión de la Cámara es verdaderamente trascendente por cuanto FIFA viene a confirmar que el mecanismo de solidaridad debe pagarse sobre el precio total pagado para hacerse con los servicios del jugador, incluyendo las sumas pagadas a terceros (fondos de inversión) por la adquisición de los derechos económicos.

Post publicado el 7 de marzo de 2017

Los hijos de Zidane son sólo la punta del iceberg

Los hijos de Zidane son sólo la punta del iceberg

Cuando la aplicación de una norma provoca resultados descabellados y totalmente alejados de la finalidad que motivó su promulgación es que ha llegado el momento de revisarla. Y esto es precisamente lo que ocurre con el vigente artículo 19 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ).

Dicho precepto nació con un claro y muy loable objetivo: acabar con el creciente tráfico de jugadores menores de edad (la gran mayoría procedentes de Sudamérica o África) los cuales abandonaban sus países tentados por falsas promesas de éxito y que, posteriormente, si su carrera futbolística no era lo brillante que se esperaba, eran abandonados sin ningún tipo de miramientos por sus agentes en unos países que no eran los suyos, sin trabajo y alejados de todo tipo de vínculo familiar, con el consiguiente problema personal y social que eso suponía.

FIFA pensó que la mejor manera de luchar contra esta lacra era prohibir a nivel mundial todas las transferencias de jugadores menores de 18 años, salvo contadas excepciones de muy difícil aplicación. Y si bien se ha logrado disminuir significativamente este tipo de operaciones, no es menos cierto que la aplicación extremadamente estricta de esta norma por parte de FIFA ha dado lugar a resultados completamente injustos.

Ya resultó difícil entender cómo el FC Barcelona fue sancionado hace un año por este asunto, cuando a nadie escapa que en pocos sitios del mundo como en La Masía gozan los chavales de un mejor cuidado educativo y futbolístico, seguramente en condiciones mucho mejores que las que disfrutan en sus países de origen.

Pero sin duda alguna, la palma se la lleva la reciente sanción al Real Madrid por los hijos de su primer entrenador. Ciertamente, y como el propio Zidane afirmó en rueda de prensa, es completamente absurdo que el club merengue sea sancionado por sus hijos, cuando éstos han vivido toda su vida con su familia en Madrid y gozan de una educación y un nivel de vida al alcance de muy pocos.

Con todo, el principal problema generado por el artículo 19 del RETJ no son los famosos casos de jugadores de clubes de primer nivel como Madrid, Barça o Atlético. Lamentablemente, el verdadero drama no acapara portadas de periódicos a pesar de estar mucho más extendido de lo que creemos. Nos referimos a esa infinidad de chavales, muchos de ellos hijos de inmigrantes en búsqueda de un futuro mejor, que día a día ven con total desconcierto cómo se les prohíbe jugar a fútbol en el equipo de su colegio o de su barrio.

Hablamos de niños, porque eso es lo que son, sin ningún tipo de afán profesional y que lo único que quieren es lo que todos los niños a su edad, jugar a su deporte favorito y emular a sus ídolos, y que se están viendo privados de ello por una indebida aplicación de una norma. ¿Cómo explicar a tu hijo que no puede jugar a fútbol con sus amigos porque una federación internacional con sede en Suiza se lo prohíbe?

Ha llegado el momento de plantear seriamente una reforma en profundidad del artículo 19 del RETJ, sin perder de vista la razón que motivó su nacimiento pero que al mismo tiempo permita una aplicación e interpretación más laxa que haga que deje de ser peor el remedio que la enfermedad.

Toni Roca, Football Lawyer

Post publicado el 26 de enero de 2016

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