La reciente publicación del nuevo Reglamento de la Cámara de Compensación de la FIFA supone un cambio radical en los procesos de cobro de los mecanismos de solidaridad y formación. [1]
Este nuevo Reglamento implementa la Cámara de Compensación (o Clearing House) de la FIFA con el objetivo de centralizar, tramitar y automatizar los pagos entre clubes en lo relativo a la compensación por formación, fomentar la transparencia e integridad económica y evitar conductas fraudulentas en el sistema de traspasos.
Como anunció FIFA, el proyecto cuenta con el respaldo de un gran número de partes interesadas como Loretta Lynch (ex fiscal general de los Estados Unidos), el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) y el informe del Parlamento Europeo sobre la política de deportes de la UE. [2] [3]
ORIGEN DE LA CÁMARA DE COMPENSACIÓN
El mecanismo de solidaridad y la indemnización por formación (previstos en los artículos 20 y 21 y los Anexos 4 y 5 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores) tienen como objetivo el fomento de la formación de jóvenes futbolistas, y que los clubes que destinan tiempo, esfuerzo y dinero a la formación de nuevos talentos se vean recompensados si alguno de esos jugadores tiene éxito en su carrera profesional.
Desde su implantación en 2001, la triste realidad es que no se ha conseguido el objetivo buscado por FIFA, esencialmente porque la mayor parte del dinero no está llegando a sus destinatarios.
Tanto es así, que de los 400 millones de dólares que se deberían haber repartido en los clubes formadores cada año, FIFA ha calculado que sólo llegan a sus legítimos destinatarios en torno a los 70-80 millones. [4]
Ante esta situación por la que los clubes no pagan voluntariamente los dos mecanismos de formación, los clubes formadores se han visto históricamente obligados a instar tediosos procedimientos de reclamación formal ante la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA, el cual aparece regulado en los artículos 27 y 28 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal del Fútbol.
Por suerte para los clubes, este procedimiento de reclamación pasará a la historia con la reciente entrada en vigor de la Cámara de Compensación, la cual nace, en palabras de la propia FIFA para “procesar las transferencias con el objetivo de proteger la integridad del fútbol y evitar conductas fraudulentas”.
El objetivo es que la Cámara de Compensación centralice y procese todos los pagos asociados a las transferencias de jugadores, incluyendo no sólo el pago de las propias transferencias, sino también el de los mecanismos de solidaridad y formación y las comisiones de los agentes, fomentando así la transparencia financiera y la integridad del sistema internacional de traspasos.
DEFINICIONES
Antes de explicar en detalle el funcionamiento de la Cámara de Compensación resulta necesario explicar varios de los conceptos regulados en el Reglamento.
En primer lugar, el definido como “Orden de asignación” es el documento emitido por la Secretaría General de la FIFA a la Cámara de Compensación de la FIFA que le proporciona la información necesaria para procesar los pagos, en particular, los emisores y receptores del pago y los importes que deben repartirse.
En segundo lugar, la denominada “Evaluación de cumplimiento” es el procedimiento que debe llevar a cabo la Cámara de Compensación de la FIFA antes de aceptar a cualquier cliente potencial, a fin de cumplir los requisitos de regulación financiera.
Por último, el “Pasaporte deportivo electrónico” (“EPP”) es el documento electrónico que contiene información consolidada de la inscripción de un jugador a lo largo de su carrera, incluida la federación miembro correspondiente, su estatus (aficionado o profesional), el tipo de inscripción (permanente o préstamo) y el club o los clubes (incluida la categoría de formación) en los que ha estado inscrito desde el año natural en que cumplió 12 años.
CONFIGURACIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
La Cámara de Compensación se configura como una entidad independiente de la FIFA (con sede en París) que opera bajo la licencia de la autoridad francesa de supervisión bancaria (ACPR, por sus siglas en francés).
La autorización de la ACPR permite a la Cámara de Compensación de la FIFA recibir y procesar pagos en nombre de los clubes, de conformidad con la directiva europea sobre servicios de pago (PSD2).
CÁLCULO Y PAGOS DE LA COMPENSACIÓN POR FORMACIÓN
La Cámara de Compensación actuará como una especie de intermediario al recibir el 5% del club de destino para posteriormente distribuirlo entre todos los clubes formadores del jugador.
Simplificando el procedimiento será el siguiente:
Primero. Integración entre sistemas nacionales y de la FIFA. Los clubes deben asegurarse de que inscriben correctamente a todos sus jugadores en la Federación a partir de los 12 años. A su vez, las Federaciones miembro deben conectar sus sistemas electrónicos nacionales con las plataformas de la FIFA (“FIFA Connect”).
Segundo. Pasaporte deportivo electrónico. Cuando se identifique un factor desencadenante de una compensación por formación el TMS generará un EPP provisional para el jugador. Todas las federaciones miembros y los clubes tendrán diez días para examinar los EPP provisionales en el TMS a partir del momento en que se generen (periodo de inspección).
Una vez finalizado el periodo de inspección, la Secretaría General de la FIFA evaluará el EPP provisional para comprobar su exactitud y pertinencia.
Tercero. Proceso de revisión del EPP. Una vez concluido el periodo de inspección y tras su evaluación por parte de la Secretaría General de la FIFA de acuerdo con el art. 8 del Reglamento de la Cámara de Compensación, ésta iniciará en el TMS un proceso de revisión del EPP e invitará a las partes (Federaciones miembros relacionadas, clubes afiliados, nuevo club, entre otros) a participar. Al igual que el proceso de inspección, el proceso de revisión del EPP, salvo excepciones, durará 10 días.
Si un club formador considera que una renuncia presentada por el nuevo club en relación con la inscripción del jugador en el club formador no es válida, podrá impugnar la validez de la renuncia presentando una notificación por escrito en el TMS.
Finalmente, el proceso de revisión del EPP finaliza cuando la Secretaría General lo comunique a través del TMS.
Cuarto. Decisión de la FIFA. Una vez finalizado el proceso de revisión del EPP, la Secretaría General de la FIFA evaluará cualquier solicitud para modificar los datos de inscripción. Una vez concluida su evaluación, la Secretaría General de la FIFA decidirá qué datos de inscripción serán incluidos y modificados en el EPP definitivo.
El TMS calculará automáticamente la orden de asignación sobre la base del EPP definitivo, incluidos los importes que deban repartirse a los clubes formadores.
Quinto. Pago al club formador. La Secretaría General de la FIFA notificará el EPP definitivo y la orden de asignación a todos los participantes.
El club obligado deberá pagar la factura a la Cámara de Compensación de la FIFA, que será la encargada de la distribución de las cantidades entre los clubes formadores, y a su vez, debe informar a FIFA de los importes pagados y pendientes de pago, para que la FIFA pueda monitorizar el cumplimiento o incumplimiento y, en su caso, imponer las sanciones disciplinarias oportunas.
OTRAS CUESTIONES RELACIONADAS
¿Cómo deben categorizar las Federaciones miembros?
Según el Artículo 4.6 del Reglamento de la Cámara de Compensación: “Las federaciones miembros categorizarán a los clubes según los criterios establecidos en el RETJ. No se reconocerá ningún otro sistema de categorización”.
De acuerdo con el art. 4, apdo. 1 del anexo 4 del Reglamento del Estatuto y Transferencia de Jugadores (Edición Octubre 2022) [6] y conforme a la Circular no. 1805[TR1] [7] la categorización se realiza según la inversión financiera de cada club en la formación de jugadores.
En caso de que una federación no categorice a sus clubes afiliados antes de la fecha límite estipulada, podrá dar lugar al procedimiento de sanción administrativa estipulado en la Circular de la FIFA no. 1478 [8].
¿Es posible apelar la decisión de la FIFA relativa al EPP definitivo y orden de asignación?
Sí, es posible. La notificación es considerada una decisión definitiva contra la que cabe recurso ante el TAS.
El recurso presentado en tiempo y forma ante el TAS suspenderá los efectos legales del EPP y de la correspondiente orden de asignación hasta la finalización del procedimiento.
¿Qué responsabilidad tienen las Federaciones miembros?
Según el Artículo 4.8 del Reglamento de la Cámara de Compensación: “Las federaciones miembros serán responsables de la información relacionada con la inscripción que conste en el EPP definitivo”.
En este sentido, el Reglamento de la Cámara de Compensación es tajante y podrá sancionar a las Federaciones que no cumplan con lo establecido por el mencionado Reglamento con una multa y si no se proporcionan datos de inscripción exactos por culpa o negligencia de una federación miembro, o debido a que uno o ambos sistemas no están integrados con la interfaz de FIFA Connect, y esto da lugar a que a su club afiliado se le deniegue erróneamente una compensación por formación, una orden de pagar una indemnización al club afiliado por un importe equivalente a la compensación por formación que se debería haber abonado.
No se sancionará a una federación miembro si puede demostrar a la Comisión Disciplinaria de la FIFA que hizo todo lo posible para proporcionar datos de inscripción exactos y que, a pesar de sus esfuerzos, no pudo proporcionar dichos datos.
Mario San Román
Abogado Deportivo
BIBLIOGRAFÍA
[1] – Reglamento de la Cámara de Compensación de la FIFA (Edición de octubre de 2022). Fuente: FIFA.com https://digitalhub.fifa.com/m/2ec9cf54d86771d6/original/Reglamento-de-la-Camara-de-Compensacion-de-la-FIFA-Edicion-de-octubre-de-2022.pdf
[2] Informe del Consejo de Europa: la reforma del sistema de traspasos «mejorará significativamente» el fútbol. (GRECO). Fuente: FIFA.com https://www.fifa.com/es/legal/media-releases/informe-del-consejo-de-europa-la-reforma-del-sistema-de-traspasos-mejorara-signi
[3] La FIFA acoge con satisfacción el nuevo informe sobre política deportiva del Parlamento Europeo. Fuente: FIFA.com https://www.fifa.com/es/legal/news/la-fifa-acoge-el-nuevo-informe-sobre-politica-deportiva-del-parliamento-europeo
[4] Cámara de Compensación de la FIFA. Legal. Regulador Futbolístico. Fuente: FIFA.com https://www.fifa.com/es/legal/football-regulatory/clearing-house
[5] FIFA Estatutos (Edición de mayo de 2022). Fuente: FIFA.com https://digitalhub.fifa.com/m/7812bd8394004ea1/original/FIFA_Statutes_2022-ES.pdf
[6] Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores Edición de octubre de 2022. Fuente: FIFA.com https://digitalhub.fifa.com/m/4807caf1be526a25/original/Reglamento-sobre-el-Estatuto-y-la-Transferencia-de-Jugadores-Edicion-de-octubre-de-2022.pdf
[7] Circular no. 1805. Regulations on the Status and Transfer of Players – categorisation of clubs and registration periods. Fuente: FIFA.com https://digitalhub.fifa.com/m/55b03633df6edf99/original/Circular-No-1805-Reglamento-sobre-el-Estatuto-y-la-Transferencia-de-Jugadores-categorizacion-de-clubes-y-periodos-de-inscripcion.pdf
[8] Circular no. 1478. Procedimiento de sanción administrativa de FIFA TMS (PSA). Fuente: FIFA.com https://digitalhub.fifa.com/m/395f01c9a3bdc576/original/pnzvj41ol5889w4untwg-pdf.pdf